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jueves, 22 de septiembre de 2016

La Corte apuesta al superávit para defender su autonomía

Proponen un nuevo modelo de "Responsabilidad fiscal", El alto Tribunal mantiene sus cuentas saneadas desde 2008. Mejoró sus ingresos propios y gasta menos de lo que figura en su presupuesto.


La Corte Suprema de Justicia presentó este mediodía su informe de gestión administrativa. Lo hizo en un acto que contó con un llamativo poder de convocatoria. Ministros del Poder Ejecutivo, secretarios de Estado, legisladores nacionales, presidentes de bancos oficiales y autoridades bonaerenses, se mudaron por un rato al Palacio de Tribunales para informarse de una novedad poco frecuente en el sector público: hay un órgano que se financia con recursos propios, que gasta menos que lo que autoriza su Presupuesto, que no tiene deudas, que contabiliza 104 meses seguidos de superávit y cuenta con reservas líquidas por casi $ 11.000 millones.

Los anfitriones fueron los jueces de la Corte Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda. Pero la “rara avis” encargada de presentar el informe y explicar los resultados fue el contador Daniel Marchi, secretario general de Administración del alto Tribunal.

Marchi resumió los detalles de casi 9 años de gestión, desde que asumió el cargo en 2008. “El criterio que nos guía es el de la responsabilidad fiscal”, comentó. Y añadió: “Simplemente pretendemos aportar un modelo de gestión para que discutan los administadores”.

También dijo que "este modelo es muy bueno para nosotros porque no dependemos de nadie. Si no fuera así, la independencia de la Corte correría riesgos".

Sostuvo además que otra de las ventajas es que con su superávit "la Corte libera otros recursos del Tesoro Nacional que el Poder Ejecutivo puede utilizar para atender necesidades más urgentes". Y remarcó: "Con nuestro resultado financiero jamás alimentamos el flagelo de la inflación".

Con los ojos bien abiertos, el ministro de Hacienda y Finanzas, Alfonso Prat-Gay, siguió toda la exposición desde la primera fila de asientos.

Allí estaban también el ministro de Justicia, Germán Garavano; el titular de la AFIP, Alberto Abad; Oscar Lamberto; titular de la Auditoría General de la Nación; Carlos Melconián, presidente del Banco Nación; Javier Ortiz Batalla, presidente del Banco Ciudad; la senadora María Graciela de la Rosa, miembro de la comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara alta; el diputado nacional Marco Lavagna, miembro de la comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara baja, y Gustavo Ferrari, ministro de Justicia de la provincia de Buenos Aires.

Las cifras del informe –que fueron adelantadas hoy en la edición impresa de Clarín- muestran una situación financiera saneada, como resultado de las políticas de “austeridad” detalladas por Marchi. Entre otros números, se destacan:

-Se registraron 104 meses consecutivos de superávit. Esto le permitió contar con reservas de disposición financiera inmediata por algo más de $10.500 millones, que están depositados a plazo fijo en dos bancos públicos (Nación y Ciudad).

- Además, la Corte Suprema tiene créditos pendientes de cobro a su favor por casi $3.500 millones.

- No registra deudas vencidas ni tampoco solicitó aportes al Tesoro Nacional en todo ese período.

-Los recursos propios aumentaron a razón de $ 1.300 millones anuales. Esto se tradujo en que la proporción de ingresos de origen tributario sobre el total de recursos bajara a 43% desde el 70% que representaba en 2008.

- Desde el 2008 la estructura básica de planta de personal disminuyó. Actualmente la Corte ocupa el 63% de los cargos disponibles, mientras que en el 2008 lo hacía en un 77%.


jueves, 25 de agosto de 2016

Cómo será la devolución para los que pagaron las boletas de gas con aumento

El Gobierno reglamentó el regreso al viejo esquema tarifario para el servicio. Qué pasará con las boletas impagas, la tarifa social y cómo se reintegrarán los aumentos abonados.


En dos resoluciones del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) publicadas este jueves en el Boletín Oficial, se establece el mecanismo para que las empresas reintegren el pago con el aumento dispuesto por el Ejecutivo. "Con relación a los montos abonados en exceso por los usuarios deberán ser acreditados comenzando en la primera factura que se emita a partir de la fecha y en las siguientes facturas, hasta reintegrar por completo la diferencia correspondiente", se dispone.

Además, se establece que "por el término de sesenta días corridos" desde este jueves las distribuidoras no podrán aplicar los mecanismos de notificación de deuda previo al corte de suministro por falta de pago respecto de la facturación de consumos realizados a partir del 1 de abril de 2016.

También en cumplimiento con el fallo de la Corte Suprema, los usuarios residenciales que en la actualidad accedieron al régimen de "Tarifa Social" continuarán manteniendo el beneficio. "Los montos que resulten de la aplicación de los cuadros tarifarios vigentes al 31 de marzo de 2016 no podrán resultar superiores a aquellos que hubiese correspondido facturar de aplicarse los cuadros tarifarios aprobados con vigencia a partir del 1° de abril de 2016".

Es decir, a partir de la reestructuración de las tarifas del gas los usuarios residenciales con tarifa social no deberán recibir una boleta con un monto superior con relación a los últimos meses. El Ejecutivo, además, reglamentó la derogación del tope del 400% para usuarios residenciales anunciado a principios de julio luego de las críticas a los incrementos tarifarios.

Por otra parte, se dispone que "los montos que los usuarios del Servicio General P de gas por redes" (comerciales, industriales y otros no residenciales) deban pagar por las facturas que se emitan por los consumos a partir del 1 de abril de 2016 y hasta el 31 de diciembre, "no podrán superar el monto equivalente a seis veces (500 por ciento) el monto total, con impuestos, de la factura emitida en el mismo período del año anterior e independientemente de la categoría de usuario en los períodos comparados".

Asimismo, en aquellos casos que por aplicación de los cuadros tarifarios con vigencia a partir del 10 de abril, el monto a facturar superara el límite establecido, "deberá deducirse de la factura que se emita al usuario, en línea separada y bajo la denominación 'Bonificación Gas según Resolución MEyM 129/16' un monto tal que, una vez aplicadas tasas e impuestos, se cumpla el límite de incremento establecido previamente".

Por último, los usuarios que no pagaron las facturas emitidas con posterioridad al 1° de abril de 2016 "o bien cuyos consumos a partir de dicha fecha no hayan sido debidamente facturados",  tendrán la posibilidad de hacerlo en cuatro cuotas mensuales consecutivas, iguales y sin incluir intereses hasta el momento de la facturación.

 
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