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martes, 13 de septiembre de 2016

Monotributistas y Autonomos como ponerse al dia con la moratoria

Los pequeños contribuyentes y los trabajadores independientes que tengan deudas, ahora las pueden regularizar con importantes beneficios y planes en cuotas.


Los pequeños contribuyentes y los trabajadores independientes que tengan deudas, ahora las pueden regularizar con importantes beneficios y planes en cuotas.

La moratoria es uno de los capítulos de la ley de Reparación Histórica de Jubilados, conocida como de Sinceramiento fiscal (27.260), que también incluye el blanqueo.

Este es un régimen de regularización muy amplio y conveniente, pero en esta nota solo vamos a ver lo que corresponde a las deudas de los monotributistas y los trabajadores autónomos.

Entre las diversas obligaciones que se pueden incorporar en la moratoria, se incluyen las siguientes, relacionadas con este tipo de contribuyentes:

Los aportes personales de los trabajadores autónomos calculados a su valor actual, aunque estén prescriptos.

El impuesto integrado y las cotizaciones previsionales fijas del Monotributo.

Las deudas incluidas en planes de facilidades de pago vigentes o caducos al 22 de julio de 2016 (se pueden reformular y abonar en mejores condiciones).

En caso de no haber presentado declaración jurada de Ganancias o Bienes Personales original, se pueden realizar siempre y cuando haya sido declarado con anterioridad el origen de los fondos o los bienes incorporados (si no se exteriorizó, se debe incluir vía blanqueo). En este caso, el monto a pagar puede adherirse a la moratoria.

No se pueden incluir:

Aportes obligatorios o voluntarios del servicio doméstico.

Las cotizaciones fijas de los monotributistas que también son empleados en relación de dependencia, hasta junio de 2004.

BENEFICIOS

Por un lado, el ingreso a la moratoria permite suspender las acciones penales que se hubieran iniciado por falta de pago de los aportes.

Para quien aún no tiene acciones judiciales las principales ventajas son las siguientes

Autónomos. Quien regularice por la vía de la moratoria los aportes previsionales adeudados, no tendrá que pagar ningún interés resarcitorio o punitorio; ya que tienen exención total.

Para monotributistas (y otros contribuyentes). Todos los aportes abonados fuera de término, siempre y cuando haya sido antes del 31 de mayo de 2016, también gozan de la condonación total de los intereses. La AFIP ya está reflejando esta situación en la herramienta Cuenta Corriente Monotributistas y Autónomos (CCMA).

Para las obligaciones no canceladas, se condonan intereses resarcitorios y punitorios en un porcentaje del capital adeudado, que varía según la antigüedad de las deudas:

Período fiscal 2015 y obligaciones vencidas al 31 de mayo de 2016: 10% del capital adeudado.

Períodos fiscales 2013 y 2014: 25%.

Período fiscal 2011 y 2012: 50%.

Período fiscal 2010 y anteriores: 75 %.

Si la deuda se abona de contado, se aplica un descuento del 15%.

CÓMO PAGAR

Al contado, con una reducción del 15%.

En cuotas:

Régimen general: Un pago a cuenta del 5% de la deuda. El saldo, en 60 cuotas mensuales, con un interés del 1,5% mensual.

Micro y Pequeñas Empresas: pueden optar por el plan general o ingresar un pago a cuenta del 10% y abonar el saldo en hasta 90 cuotas. Interés: tasa pasiva promedio del Banco de la Nación Argentina.

Empresas medianas y grandes: pago a cuenta del 10%, saldo en 90 cuotas y tasa del BNA, con piso del 1,5% mensual.

Declarados en emergencia o desastre agropecuario: sin pago a cuenta, saldo en 90 cuotas, con tasa del 1% mensual.

CÓMO ADHERIR

Para incorporar deudas a la moratoria hay que generar el “Domicilio Fiscal Electrónico”.

El trámite se realiza, con clave fiscal, a través del servicio “Mis Facilidades”, en la opción “Regularización Excepcional – Ley N° 27.260”


jueves, 25 de agosto de 2016

Carrió pidió a la AFIP que duplique los montos de facturación del monotributo

La legisladora pidió a la AFIP que resuelve duplicar al menos el monto de facturación para cubrir la distorsión generada por la inflación de los últimos años.


La diputada nacional Elisa Carrió, una de las creadoras de la alianza Cambiemos, presentó un proyecto de resolución para que la AFIP duplique los montos de facturación de las categorías del monotributo.

El proyecto resuelve: "Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional a los efectos que por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se disponga de una vez la elevación en no menos del 100% de los montos máximos de facturación y los montos de los alquileres devengados establecidos en el régimen tributario simplificado para pequeños contribuyentes (monotributo), de conformidad con las facultades conferidas en el art. 52 de la ley 26.565".

En los fundamentos del proyecto se recuerda que "desafortunadamente la constante depreciación monetaria que hemos padecido durante los últimos 12 años, ha afectado severamente al régimen, perjudicando a cientos de miles de contribuyentes que se ven excluidos del mismo y son tratados como grandes empresarios pese a tener pequeños ingresos, ello debido a la desactualización que sufren con la inflación las escalas de facturación establecidas para ser considerado pequeño contribuyente."

Y consigna que las categorías fueron actualizadas por última vez en 2013, durante el gobierno de Cristina Kirchner, y que ese incremento tampoco alcanzó para cubrir la inflación acumulada durante los últimos años.

"Siendo que para materializar los cambios necesarios no hace falta modificar ley alguna ni emitir un decreto, sino que, de conformidad con el art. 52 de la ley 26.565 se pueden realizar mediante una resolución general de la AFIP que actualice las escalas, no hay justificación alguna para demorar la misma, máxime cuando estos cambios fueron parte de las propuestas de campaña que hemos defendido", dicen los fundamentos.

"En los últimos meses mucho esfuerzo se la ha pedido a la clase media en el entendimiento de corregir los desajustes económicos heredados, por eso resulta imprescindible y de estricta justicia también, llevar adelante medidas que ayuden a desarrollar su actividad a cientos de miles de pequeños comerciantes, profesionales y emprendedores que integran esa gran clase media, que apuestan por un futuro mejor y que merecen el acompañamiento fiscal que les fue largamente demorado, y que esta administración prometió antes de asumir. Dicho acompañamiento, dada la situación económica que debe afrontar la clase media debido a las medidas tomadas, no admite más demora", concluye el proyecto.

 
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